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Si la persona puede valerse por sí misma, no se suspende y lo pasa a cobrar directamente el beneficiario con discapacidad, salvo que ANSES le notifique que es necesario iniciar curatela para seguir cobrando usted la mamá en su representación.
En caso que la persona no puede valerse por sí misma, sí se le suspende ya que necesita hacer un trámite: debe designar un Representante Legal para aquellos actos en que se encuentra limitado.
Dicho trámite debe hacerse en Tribunales con el proceso judicial denominado Limitación a la Capacidad, que le nombra una persona para representarlo (ver ítem Discapacidad).
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