5. ¿Corresponde judicializar a una persona siempre que se encuentre internada?
No. Sólo si la internación es impuesta contra su voluntad, o, en caso de haber sido consentida (internación voluntaria), si esta ha superado los sesenta días.
Referente Judicial Comunitario
No. Sólo si la internación es impuesta contra su voluntad, o, en caso de haber sido consentida (internación voluntaria), si esta ha superado los sesenta días.
La órbita penal sólo monitorea aquéllas internaciones dispuestas en el marco de la comisión de un ilícito (internaciones provisionales o medidas de seguridad curativas).
La órbita civil sólo interviene en caso de internaciones involuntarias; lo hace a los fines de efectuar un control de garantías. También debe intervenir en todo caso de una internación voluntaria que exceda los sesenta días.