ANSES en estos casos otorga un beneficio económico mensual para personas que no cuenten con recursos económicos, ni trabajo formal y se encuentren en algunas de las siguientes condiciones:
● POR INVALIDEZ, se requiere acreditar una disminución del 76% o más en la capacidad laboral y se encuentren en situación de vulnerabilidad social. Los requisitos para acceder a este beneficio son: tener menos de 65 años de edad; ser argentino nativo o naturalizado (con al menos 5 años de residencia continuada) o extranjero (con al menos 20 años de residencia efectiva en el país); no percibir ningún beneficio del Estado (nacional, provincial o municipal); no estar empleado en relación de dependencia ni registrado como autónomo o monotributista; no tener ingresos o bienes a tu nombre que permitan tu subsistencia; no tener parientes obligados legalmente a proporcionarte alimentos o que, teniéndolos, se encuentren impedidos para hacerlo.
● PARA MADRE DE 7 HIJOS, se otorga a mujeres que tengan o hayan tenido siete hijos o más (incluidos los adoptados), de cualquier edad y cualquier estado civil. Esta prestación es mensual, inembargable y vitalicia. Los requisitos para acceder son: ser argentina o naturalizada, en este último caso debe haber residido en el país al menos durante un año antes de realizar la solicitud; si es extranjera, debe haber residido en el país al menos durante 15 años antes de realizar la solicitud; no ser titular de una jubilación, pensión o retiro, de carácter contributivo o no contributivo, otorgado por cualquier régimen previsional; no poseer bienes, ingresos, ni recursos de otra naturaleza que permitan su subsistencia y la de su grupo familiar conviviente, ni parientes obligados a prestar alimentos; el cónyuge o conviviente de la solicitante puede ser beneficiario de un régimen previsional, pero no puede ser titular de una pensión por vejez o de una pensión por invalidez de carácter no contributivo. Esta pensión es incompatible con el cobro de jubilaciones y pensiones, Pensión Universal para el Adulto Mayor, Asignación Familiar por Hijo, Asignación Universal por Hijo y por Embarazo.
● POR VEJEZ, se otorga a personas de 70 años o más, sin cobertura previsional o no contributiva. El monto será equivalente al 70% de un haber mínimo. Los requisitos para obtenerla son: tener 70 o más años de edad; ser argentino nativo o naturalizado, residente en el país. En este último caso debe haber residido en el país al menos durante 5 años antes de realizar la solicitud; los extranjeros debe haber residido en el país al menos durante 40 años antes de realizar la solicitud; no cobrar, el titular ni su cónyuge, una jubilación, pensión o retiro de carácter contributivo o no contributivo, otorgado por cualquier régimen de previsión, no poseer bienes, ingresos ni recursos de otra naturaleza que permitan su subsistencia y la de su grupo familiar conviviente, ni parientes obligados a prestar alimentos; no encontrarse detenido a disposición de la Justicia; en el caso de un matrimonio, la pensión a la vejez se tramitará solamente en favor de uno de los cónyuges; la ausencia definitiva del país hará perder el derecho al beneficio, desde el momento en que se tome conocimiento de ello. Es incompatible con el cobro de jubilaciones y pensiones, Pensión Universal para el Adulto Mayor, Asignación Familiar por Hijo, Asignación Universal por Hijo y por Embarazo. En caso de fallecimiento del titular, tienen derecho a cobrarla el viudo o concubino mayor de 70 años, incapacitado, que haya convivido los últimos 5 años anteriores al fallecimiento.