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Referente Judicial Comunitario

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Referente Judicial Comunitario

Necesito tramitar la Asignación Universal (AUH) para un hijo recién nacido

    ¿Qué debo hacer?

    Podés realizarlo desde el momento del nacimiento o luego de haber cobrado la Asignación por Embarazo.

    Se genera el alta por ANSES de manera automática con la inscripción en el Registro Civil del nacimiento de un hijo.

    Es decir, no hace falta generar una inscripción o alta en estos casos que se generan automáticos.

    La demora para empezar el cobro es de alrededor de 60 días por parte de alguno de los progenitores.

    Generalmente ANSES opta por otorgarle a la madre de los menores el cobro del beneficio.

     VISITAR PORTAL ANSES

    Tengo hijos y necesito ayuda para la subsistencia de ellos ¿Puedo tramitar algún beneficio?

      Sí, puede tramitar en ANSES la asignación universal por hijo (AUH), que se trata de un monto de dinero mensual por cada hijo menor de 18 años.

      La cobra uno solo de los padres priorizando a la mamá. Para cobrar cada mes se tiene que presentar una vez al año la Libreta Escolar de cada hijo.

      El padre o madre a cargo puede cobrar directamente sin contar con el consentimiento del otro progenitor.

      El beneficio le corresponde al padre o madre que viva con los menores y que esté en alguna de las siguientes situaciones:

      • Desocupado
      • Trabajador no registrado (sin aportes)
      • Trabajador del servicio doméstico
      • Monotributista social
      • Inscripta en Hacemos Futuro, Manos a la Obra y otros programas de Trabajo

      Los casos de ingresos en blanco ingresan al área de Asignaciones familiares dónde los empleadores deben cargar las declaraciones juradas respectivas ante AFIP que dan cuenta que cada empleado tiene nuevos familiares a cargo.

      Caso de excepción: Para las empleadas domésticas en blanco no existe incompatibilidad de que puedan también cobrar la AUH.

      Los requisitos de los PADRES:

      • Ser argentinos, residir en el país y tener DNI.
      • Si son extranjeros o naturalizados, tener 2 años de residencia y DNI.

      Requisitos de los HIJOS:

      • Ser menor de 18 años.
      • No hay límite de edad en caso de hijo con discapacidad.
      • Ser soltero.
      • DNI, Certificado o partida de nacimiento del menor, Certificado de matrimonio, unión civil o convivencia.

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