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Vivo en Córdoba y quiero registrar mi casa para que no la puedan rematar. Sé que existe ese beneficio

¿Qué es y cómo debo hacer para obtenerlo?

 Para obtener ese beneficio, usted debe inscribir su inmueble ante el Registro de la Propiedad como Bien de Familia, denominado ahora “Afectación al Régimen de Vivienda“.

Es un mecanismo de protección por el cual el inmueble destinado a vivienda no puede ser rematado por deudas posteriores a su inscripción. Es una forma de proteger su vivienda. La protección va a funcionar sobre las deudas que contraiga después de la inscripción. Puede pedirla el propietario de la vivienda o un Juez en un proceso de divorcio si existen hijos menores o tienen alguna discapacidad.

Tenga en cuenta que la protección NO le cubre frente a deudas propias del inmueble como:

  • Deudas por expensas
  • Deudas por impuestos, tasas o contribuciones.
  • Deudas por construcción o mejoras en la vivienda.
  • Hipoteca constituída con la conformidad de su cónyuge o conviviente.
  • Deudas por alimentos que tenga con sus hijos.

Además si quiere vender la propiedad tiene que cancelar la protección en el Registro de la Propiedad.

Para realizar el trámite deberá tener clave CiDi Nivel 2 e inscribirse en siguiente link https://biendefamilia.cba.gov.ar/#/principal.

Consultas

Por consultas en Córdoba Capital puede dirigirse al Registro de la Propiedad -ver Guía de contactos-

Por consultas en Sedes del Interior ingrese al siguiente link https://sir-aut.cba.gov.ar/delegaciones.aspx

Costo de la solicitud

La solicitud es gratuita y no tiene costos posteriores. Está destinado al público en general.

 VISITAR PORTAL BIEN DE FAMILIA -REGISTRO DE LA PROPIEDAD

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