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Referente Judicial Comunitario

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El padre de mis hijos trabaja de manera informal, en negro ¿puedo reclamarle la cuota alimentaria?

Sí. Puede reclamar también si hace changas o no tiene trabajo. En este caso, puede que se fije una cuota mínima y básica. Pero si se comprueba el nivel de vida y los posibles ingresos de la persona (más allá que esté en negro) es posible incrementar la prestación alimentaria.
Tenga en cuenta además que durante el juicio por alimentos, el/la juez/a puede ordenar el pago de alimentos provisorios cuando el padre que cuida al hijo demuestra que los necesita por falta de medios. También puede reclamarle a los abuelos, alimentos para sus hijos en el mismo juicio de alimentos que se realiza contra el padre que no paga, o en otro juicio diferente. Pero para ello, debe demostrar que es difícil recibir los alimentos del padre incumplidor porque no cumple o porque la cuota es insuficiente. La cuota fijada a cargo de los abuelos puede establecerse como “complemento” a la del padre/madre por ser ésta insuficiente; o bien como “subsidiaria”, es decir que en este caso sólo podrá ser exigible cuando el padre/madre no cumpla con la cuota fijada a su cargo.

Pueden reclamar alimentos:

  • El otro padre en nombre del hijo.
  • El hijo, si tiene madurez suficiente acompañado por un/a  abogado/a.
  • Si ellos no reclaman, puede hacerlo otro pariente o el Asesor de Familia.
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