Saltar al contenido

Referente Judicial Comunitario

¿Cuál es tu conflicto? Escribí tu consulta
< VOLVER

¿Hasta qué edad se debe abonar una cuota alimentaria a favor de un hijo/a?

Hasta que cumpla la edad de veintiún años, a menos que se pruebe que el hijo/a puede procurarse alimentos por sus propios medios, en cuyo caso, la obligación de pagar una cuota alimentaria concluye a la edad de 18 años.

Sin embargo, si el alimentado está llevando a cabo estudios o se está capacitando en un arte u oficio,  puede solicitar que la cuota subsista hasta que cumpla veinticinco años.

Por favor, evalue este artículo

Compártalo en sus redes
Contenidos