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¿Hasta qué edad se debe abonar una cuota alimentaria a favor de un hijo/a?
Hasta que cumpla la edad de veintiún años, a menos que se pruebe que el hijo/a puede procurarse alimentos por sus propios medios, en cuyo caso, la obligación de pagar una cuota alimentaria concluye a la edad de 18 años.
Sin embargo, si el alimentado está llevando a cabo estudios o se está capacitando en un arte u oficio, puede solicitar que la cuota subsista hasta que cumpla veinticinco años.