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Referente Judicial Comunitario

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Me estoy por divorciar de mi cónyuge, ¿puedo quedarme en la vivienda familiar?

Uno de los cónyuges puede pedir el uso de la vivienda familiar, no importa si el inmueble es de propiedad de uno solo de los cónyuges o es ganancial.

El juez es quien va a determinar si hace lugar al pedido y por cuánto tiempo, para lo cual tendrá en cuenta las siguientes pautas (entre otras):

a) la persona que va a estar a cargo del cuidado de los hijos;

b) la persona que está en situación económica más desventajosa para proveerse de una vivienda por sus propios medios;

c) el estado de salud y edad de los cónyuges;

d) los intereses de otras personas que integran el grupo familiar.

Se debe tener presente que la persona a quien NO se le atribuye el uso de la vivienda puede pedir un pago llamado “renta compensatoria”.

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