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Referente Judicial Comunitario

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Cuando los hijos conviven más o menos el mismo tiempo con cada padre, ¿también es necesario fijar una cuota de alimentos?

Sí. Tenga en cuenta que la regla es que ambos padres tienen el deber de dar alimentos a sus hijos. No importa si los hijos viven con uno solo de ellos.

En los casos de cuidado “alternado” (pasan similares tiempos con ambos padres) el principio general es que cada uno de ellos se hace cargo de los gastos de los hijos mientras están en su domicilio. Además otro tipo de gastos son pagados por mitades (por ejemplo los gastos escolares o de salud).

Sin embargo si la posición económica de ambos padres es diferente (uno tiene un sueldo superior significativamente que él otro; uno tiene propiedades y el otro no; uno tiene más hijos para alimentar; uno alquila y el otro no), el que está en mejor condición deberá pagar una cuota al otro para que los hijos tengan similares condiciones en ambos domicilios.

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