Quiero hacer un testamento para repartir mis bienes en vida ¿Cómo puedo hacer?
¿Cómo puedo hacer? ¿Y si hago un legado?
Debe ser mayor de edad- no puede realizar el testamento otra persona por usted-.
Tiene diferentes opciones: puede escribir directamente el testamento– se llama testamento ológrafo- sin la intervención de escribano ni testigos e incorporando fecha y firma. La desventaja de realizarlo así es la posibilidad de que sea alterado o perdido.
Otra opción – más segura- es que usted realice el testamento ante escribano con la presencia de dos testigos.
Usted como testador puede disponer de todo o parte de sus bienes, pero siempre debe respetar lo que corresponde en forma obligatoria a los herederos forzosos. Esto es de 2/3 para los hijos y ½ para los padres y esposo/a.
Si realiza el testamento ante escribano, debe presentarse ante el Juez o indicarse el lugar donde se encuentre y si lo escribe usted, debe ser presentado también ante el Juez.
Cumplidos estos trámites, el juez debe firmar el principio y fin de cada una de sus páginas y mandarlo a firmar por escribano.
En caso que se realicen 2 testamentos, el testamento posterior deja sin efecto el anterior pero siempre el Juez debe analizar la compatibilidad de ambos