¿Cuál es tu conflicto? Escribí tu consulta
¿Cómo es el trámite de incorporación del conviviente a la obra social?
Deberá sacar turno en la Asesoría Laboral. En capital, concurrir a calle Laprida 753 (Te: 0351-4481004 int. 13352, de lunes a viernes de 8 a 14 hs.) y en las asesorías de competencia múltiple en las sedes del interior.
Ambos convivientes deben concurrir con la siguiente documentación:
- Fotocopias del documento nacional de identidad de ambos convivientes.
- Certificado de domicilio (de ambos) o de convivencia (si no hizo el cambio de domicilio) expedido por la Policía de la Provincia de Córdoba. Actualizado, con antigüedad no mayor de 1 mes.
- Fotocopia de recibos de sueldo o certificado de trabajo y/o último pago de monotributo y/o alta de AFIP.
- Nombre correcto de la obra social a la que desea incorporar a su pareja.
- Datos de los 2 testigos: Apellido y nombres (no parientes ni menores de 18 años). No deben ir el día que se inicia el trámite, sino con posterioridad cuando se les indique y dentro del horario de 8 a 14 hs. Los testigos pueden ir solos, no es necesario que los acompañe.
De acuerdo a cada caso, también deben llevar:
- Copias de partidas de nacimiento de hijos de convivientes a incorporar.
- Sentencia de divorcio (si fuese divorciado)
- Partida de defunción (si fuese viudo)
- Prenatal (certificado de embarazo y/o carnet perinatal.
- En caso de que el conviviente fuere menor de 18 años debe ser acompañada por su padre o madre, y llevar partida de nacimiento y prestar conformidad para el trámite.
Para mayor información: Oficina de Atención Ciudadana – atencionciudadana@justiciacordoba.gob.ar