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Referente Judicial Comunitario

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 Me estoy por casar y tener un hijo ¿Cuántos días de licencia me corresponden?

La licencia por matrimonio es de 10 días corridos.

La licencia por maternidad  es de 90 corridos en total. 
 
Distribución de los días
  • Forma tradicional: 45 días antes del parto y 45 días después. 
  • Opción reducida antes del parto: Se puede optar por trabajar hasta un mínimo de 10 días antes del parto y acumular el resto de los días para el período posterior. 

Al padre o persona no gestante le corresponde, en principio  2 días corridos de licencia, si embargo muchos Convenios Colectivos de Trabajo (CCT) mejoran este piso legal y otorgan una cantidad mayor de días.

En el periodo de lactancia, corresponde durante 1 año desde el nacimiento 2 descansos de media hora durante la jornada de trabajo para amamantar al bebé.

También se pueden acumular los descansos y entrar 1 hora más tarde o retirarse 1 hora antes del trabajo.

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