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Me faltan aportes o nunca hice aportes ¿Puedo tramitar una jubilación?

Si luego de cumplir con la edad requerida se continúa trabajando, se puede compensar la falta de años de aportes: 2 años de edad en exceso compensan uno de servicios faltante (ej.: a los 67 años de edad se requieren 29 de trabajo con aportes).

En caso de tener la mayor parte de aportes en relación de dependencia, pero no se llega a completar la cantidad requerida, se puede compensar los períodos faltantes si se tienen aportes como monotributista o autónomo.

En caso de no llegar a completar los años de aporte, es posible que se pueda adherir al régimen de regularización voluntaria de AFIP y optar por el plan de facilidades de pago (moratoria).

Si se tienen 70 años o más y solo 10 años de aportes, existe también una Prestación por Edad Avanzada (Pensión no contributiva por vejez).

Para cualquier opción se debe sacar turno en ANSES. – ver Guía de Contactos

 VISITAR PORTAL ANSES

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