Me faltan aportes o nunca hice aportes ¿Puedo tramitar una jubilación?
Si luego de cumplir con la edad requerida se continúa trabajando, se puede compensar la falta de años de aportes: 2 años de edad en exceso compensan uno de servicios faltante (ej.: a los 67 años de edad se requieren 29 de trabajo con aportes).
En caso de tener la mayor parte de aportes en relación de dependencia, pero no se llega a completar la cantidad requerida, se puede compensar los períodos faltantes si se tienen aportes como monotributista o autónomo.
En caso de no llegar a completar los años de aporte, es posible que se pueda adherir al régimen de regularización voluntaria de AFIP y optar por el plan de facilidades de pago (moratoria).
Si se tienen 70 años o más y solo 10 años de aportes, existe también una Prestación por Edad Avanzada (Pensión no contributiva por vejez).
Para cualquier opción se debe sacar turno en ANSES.