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Referente Judicial Comunitario

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Referente Judicial Comunitario -Poder Judicial de Córdoba
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En mi edificio quisiéramos formar un consorcio de inquilinos para debatir el tema de expensas y demás cuestiones que nos afectan

¿Podemos hacerlo?

No pueden hacerlo. El consorcio es de propietarios de las unidades funcionales, los inquilinos para poder participar de las asambleas deben contar con un poder especial emitido por el propietario.

Tenga en cuenta que las expensas que paga permiten mantener en buen estado y en condiciones de seguridad el edificio.

Además sirven para pagar los gastos comunes, como la luz del hall de entrada y los pasillos, compras de productos de limpieza, etc. Las expensas ordinarias, que se pagan todos los meses, son para los gastos de mantenimiento del edificio, para que todo funcione en forma correcta y en condiciones de seguridad y comodidad.

Allí quedan incluidos el sueldo del encargado, los gastos de luz de los espacios comunes y los honorarios del administrador. Las expensas extraordinarias, que son autorizadas por la asamblea de propietarios, se refieren a ciertos gastos no habituales, por ejemplo una mejora en el frente del edificio.

En el caso que usted realice algún arreglo urgente en alguna parte del edificio tiene derecho a pedir al Consorcio el reintegro de gastos.

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