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¿Puede procederse al desalojo si hay menores de edad o personas con discapacidad?
Si se dan los requisitos para que proceda el desalojo, sí puede ordenarse el mismo.
En estos casos – con menores de edad o discapacitados viviendo en el inmueble- se da intervención a las oficinas de derechos humanos del Poder Judicial, al Ministerio de Desarrollo Social y toda otra oficina y/o dependencia que el juez considere según las circunstancias del caso.