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Referente Judicial Comunitario

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Hace muchos años vivo en un terreno donde tengo construida mi casa, pago los impuestos y servicios, pero no tengo ningún papel que me acredite la propiedad ¿A dónde puedo acudir?

Si usted tiene 20 años o más de posesión deberá consultar con un abogado para que inicie un juicio de usucapión.

Para ello deberá contar con un plano de mensura hecho por un agrimensor o ingeniero civil. No es necesario que tenga los impuesto pagos, pero es una prueba muy útil para el Juez, ya que con ello demuestra el ánimo de dueño.

También puede, administrativamente, solicitar el reconocimiento posesorio ante la Unidad Ejecutora para el Saneamiento de Títulos dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia, cuyo trámite es gratuito y es el lugar donde se inicia el reconocimiento de una posesión para finalizarlo con la anotación del poseedor en el Registro Personal de Poseedores el que depende del Registro General de la Propiedad.

Tenga en cuenta que en la Unidad Ejecutora se pueden iniciar trámites respecto a posesiones sobre inmuebles rurales y urbanos ubicados en todos los puntos de la provincia. En caso de contar con juez de paz en la localidad que corresponda puede iniciarse el mismo a través de éste, quien remitirá las actuaciones a la Unidad Ejecutora para el saneamiento de títulos.

En el Registro Personal de Poseedores se anotan -a los fines de darles publicidad – a los poseedores de inmuebles rurales y urbanos de toda la provincia de Córdoba; funciona en el Registro de la Propiedad quien depende del Ministerio de Finanzas.

Finalmente, en el Registro General de la Propiedad se registran las escrituras públicas y demás anotaciones sobre inmuebles a los efectos de darles publicidad

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