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Referente Judicial Comunitario

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Referente Judicial Comunitario

No me animo a denunciar a mi pareja. ¿Puede hacerlo cualquier persona por mí?

    Sí, cualquier persona puede denunciar un hecho de violencia familiar: ya sean las víctimas o cualquier tercera persona que haya tomado conocimiento aunque no tenga relación con la víctima.

    Están obligadas a denunciar en general, las personas del ámbito público o privado, que tomen conocimiento de un hecho de violencia o sospechen con fundamento de su existencia. La denuncia puede ser anónima. Tanto la identidad del denunciante como el contenido de las actuaciones generadas y el registro habilitado tienen el carácter de reservado –no se dan a conocer a extraños al proceso-.

    Si el hecho atenta contra la integridad sexual, se recepta la denuncia realizada por un tercero, pero la víctima (mayor de edad) luego deberá ratificarla. En el caso de ser víctimas los menores de edad, cualquier ciudadano que tome conocimiento podrá denunciar (Ejemplo: los docentes escolares), incluso la propia víctima menor puede hacerlo a cualquier edad, siempre que pueda expresarse con claridad.

    Las víctimas de violencia familiar pueden efectuar la denuncia sin necesitar representación legal (abogado particular) y reciben patrocinio gratuito (asistencia jurídica) en todas las etapas del proceso.

    Dónde se puede denunciar:

    En Capital (*)

    • Unidades Judiciales en general
    • Línea telefónica gratuita al 0800-888-9898 (Secretaría de Lucha contra la Violencia a la Mujer y Trata de Personas)
    • Unidad Judicial de Violencia Familiar (Ubicada en el Polo de la Mujer)
    • Unidad Judicial de Delitos contra la Integridad sexual (Ubicada en el Polo de la Mujer)
    • Mesa de Entradas de denuncias por Violencia Familiar y de Género (de lunes a viernes de 8 a 20 hs)
    • Fiscalías de Instrucción (de lunes a viernes de 8 a 14 hs.)
    • Comisarías

    En el Interior (*)

    • Unidades Judiciales
    • Comisarías
    • Línea Telefónica Gratuita al 0800-888-9898 (Secretaría de Lucha contra la Violencia a la Mujer y Trata de Personas)
    • Fiscalías de Instrucción
    • Juzgados de Paz, en zonas que no hay unidades judiciales

    (*) Ver Guía de Contactos

    Dependencias judiciales que intervienen

    Dependencias judiciales que intervienen ante una denuncia por violencia familiar:

    • Si la denuncia se realiza en días y horarios hábiles (Lunes a Viernes de 08,00 hs. a 15,00 hs.), intervienen los Juzgados de Violencia  (- hoy  la Unidad de Juez/a de  Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género).
    • Si la denuncia es en días y horarios inhábiles (días de semana entre las 15,00 hs. y las 08,00 hs. y fines de semana o feriados) la fiscalía de instrucción en turno toma las medidas urgentes (excluir al denunciado del hogar) y luego la continúa el juzgado de violencia el siguiente día hábil.
    • Cuando en esa denuncia de violencia hay un delito penal (lesiones, abuso sexual, amenazas, desobediencia a la autoridad, etc.), se inician dos trámites (expedientes – hoy electrónicos -) distintos y paralelos:

      1) Uno   ante la Unidad de Juez/a de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género  que decide lo que tiene que ver con medidas de protección hacia la/s víctima/s (restricción de acercamiento, tratamiento psicológico, botón antipánico, exclusión del agresor, etc.).

      2) Otro ante la unidad judicial con la dirección de la fiscalía de instrucción, que se dedica a investigar (juntar pruebas) para probar la existencia de un delito penal. La unidad judicial tiene que cumplir ciertos pasos de la investigación.

    En las ciudades que no tienen unidad judicial ni tribunales, son los juzgados de paz quienes toman las medidas urgentes de violencia familiar o de género, luego mandan la denuncia al juzgado de violencia.

     VER UNIDAD JUDICIAL DE VIOLENCIA FAMILIAR EN EL MAPA

     VER INFORMACIÓN DE CONTACTO Y JUZGADOS DE PAZ DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

     VER UBICACIÓN DE FISCALÍAS (CÓRDOBA CAPITAL) EN EL MAPA

     VER UBICACIÓN DE FISCALÍAS (INTERIOR PROVINCIAL) EN EL MAPA

    Mi pareja me ataca físicamente, también me vigila constantemente para saber con quién hablo y tengo que pedirle permiso para salir ¿Puedo hacerle una denuncia por todas esas cuestiones?

      Sí. Es importante que usted sepa que violencia familiar es toda acción, omisión o abuso dirigido a dominar, someter, controlar o agredir la integridad física, psíquica, moral, psicoemocional, económica, sexual y/o la libertad de una persona en el ámbito familiar, aunque esa actitud no configure delito.

      Tipos de violencia

      Existen distintos tipos de violencia:

      • Violencia física (Ej: Cuando su pareja le empuja, pega con puño, patadas, trompadas, tirones de pelo, cachetadas, etc.)
      • Violencia psicológica o emocional (Ej: Cuando su pareja le dice constantemente que es culpable de todo, que no sirve para nada, que se calles la boca, le grite, le controle con quien sale y a dónde, no le deje salir, revise su teléfono y vea llamados y mensajes, le elija la ropa para vestirte, etc.)
      • Violencia sexual (Ej: Cuando su pareja le obligue tener relaciones sexuales cuando no lo desea o de maneras que no desea, etc.)
      • Violencia económica (Ej: Cuando su pareja le saque su dinero o no le de dinero, le haga pasar hambre o necesidades a propósito, etc.)

       VISITAR PORTAL VIOLENCIA FAMILIAR DEL PODER JUDICIAL DE CÓRDOBA