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Referente Judicial Comunitario

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Referente Judicial Comunitario

En mi trabajo me modifican constantemente el horario laboral ¿Es correcto?

    El empleador o patrón, sin el consentimiento del trabajador, podrá alterar algunas condiciones de trabajo como ser: el lugar de trabajo pero siempre que éste no quede considerablemente alejado y que no implique una alteración significativa del tiempo empleado para trasladarse.

    También podrá hacerlo respecto al tipo de tareas, siempre que no cambie la categoría asignada al trabajador.

    La jornada laboral –turno de trabajo-, la categoría y el salario o sueldo son elementos que no se pueden alterar de manera unilateral por el empleador. Es decir, necesita para hacerlo la aceptación del trabajador.

    El trabajador podrá reclamar ante el Ministerio de Trabajo -ver Guía de contactos para que el empleador corrija, modifique o restituya al estado anterior las condiciones de trabajo alteradas fuera de los límites.

    Empecé un nuevo trabajo y me asignaron una cuenta en un banco para cobrar mi sueldo ¿Qué implica?

      La cuenta sueldo está regulada para cobrar los salarios o sueldos de una manera segura y registrada.

      Son obligatorias de abrirse a su nombre por parte del empleador y absolutamente gratuitas en todo lo relativo al monto del sueldo.

      También corresponde que el banco le dé una tarjeta de débito sin cargo alguno, para realizar extracciones por los cajeros automáticos de su sueldo todas las veces necesarias y sin costo.