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Referente Judicial Comunitario

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Tengo que cobrar una orden de pago en el fuero de familia y no tengo cuenta en el Banco ¿Cómo puedo hacer?

La única manera de cobrar la orden es con cuenta en el banco. Usted puede abrir una cuenta o presentar junto a su abogado/a un escrito en el que pida al tribunal la apertura de cuenta bancaria para retirar los fondos en cualquier institución bancaria. Recuerde que deberá aportar todos los datos bancarios para la concreción del pago.

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