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Referente Judicial Comunitario

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Mi esposo está privado de libertad y tiene a su padre muy enfermo ¿Puede salir del establecimiento penal para visitarlo?

Ante esta situación, y en todos los casos donde se requiera la salida del detenido por este tipo de cuestiones (internación, operación, velorio, etc.), algún familiar debe acercar al establecimiento penitenciario las constancias médicas que acrediten tal situación, las que son corroboradas por sus equipos y remitidas a la Fiscalía, Juzgado o Tribunal que lleva la causa, para que autorice la salida.

En general, todos los trámites se deben iniciar dentro del servicio penitenciario con los asistentes sociales de los establecimientos penitenciarios -que son los que tienen asignado al interno- y ellos informan al tribunal para que autorice la salida.

También se puede peticionar directamente al organismo judicial, a través de quien ejerce la defensa.

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